Martes 17 de Marzo de 2015
La Cámara Alta dio la sanción definitiva a la norma acordada entre Gobierno y oposición para dotar de 26 millones a la campaña.
En sesión especial, Senadores aprobó el proyecto para financiar con 26 millones de pesos la campaña de los partidos políticos en las PASO y las Generales. La modificación fue avalada por la mayoría de los bloques, pero contó con el rechazo del Frente de Izquierda. La ley establece la prohibición para que las fuerzas políticas contraten publicidad audiovisual por TV y de radio en forma privada.
Entre los argumentos, los legisladores destacaron que la aplicación de la ley de las PASO tuvo "inconvenientes vinculados a la instrumentación del sistema de financiamiento del Estado, específicamente con relación a la publicidad en vía pública y gráfica".
La modificación establece la prohibición a los partidos de recurrir a privados para solventar la campaña en la radio y en la TV. Así, establece como obligatorio al Estado la financiación de la publicidad electoral.
Por otra parte, tiende a determinar un porcentaje fijo afectado al fin indicado en el párrafo precedente. Esto da certidumbre a las agrupaciones políticas sobre la disponibilidad de recursos para las campañas electorales audiovisuales.
El artículo 17, hace referencia a la prohibición de contratación en forma privada, por sí o por terceros, de publicidad en emisoras de radiodifusión televisiva o sonora abierta o por suscripción. De ser así, la fuerza política será sancionada perdiendo el derecho de recibir recursos para financiar la campaña por una a dos elecciones.
En tanto, el artículo 18, referido a la distribución de los espacios publicitarios en medios audiovisuales asignados por la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior y Transporte, establece que se realizará según la legislación vigente y “por cada agrupación entre las listas oficializadas por sorteo público y en partes iguales”.
También faculta a la Provincia a contratar la publicidad en emisoras locales por un monto total equivalente al 6 por ciento del crédito votado en publicidad, destinando así el 50 por ciento a las Primarias y el otro 50 por ciento a las Generales.
También se deberá asignar espacios en la señal oficial de la Provincia y se podrá celebrar convenio con la Universidad Nacional de Cuyo así como con otros titulares de señales audiovisuales al mismo fin.
“Todos los espacios de publicidad audiovisual contratados por el Poder Ejecutivo se distribuirán entre las agrupaciones, tanto para las elecciones primarias como para las generales, el cincuenta por ciento (50%) en forma igualitaria entre las agrupaciones y el resto en proporción a los votos obtenidos en la última elección para Senadores Provinciales”, dice la media sanción.
En cuanto al artículo 43, se incorpora el artículo 2 bis a la Ley 7.005, de Regulación y Financiamiento de Campañas Electorales, que dispone la prohibición de la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales, gráficos y en vía pública antes de los 25 días previos a la fecha fijada para los comicios.
Dispone al mismo tiempo que las agrupaciones políticas no pueden contratar en forma privada ni recibir de terceros, donación de espacios de publicidad en emisoras de radiodifusión televisiva o sonora abierta o por suscripción.
Finalmente, en el artículo 44 de la Ley 8619, se incorpora el artículo 2º a la Ley de Regulación y Financiamiento de Campañas Electorales 7005, estableciendo que el Poder Ejecutivo otorgará a las agrupaciones políticas los recursos económicos que les permitan imprimir el equivalente a una boleta por elector registrado en cada distrito por boleta oficializada. Con la gradualidad de aplicación del voto electrónico, esta disposición quedará sin efecto.
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