El Sol - Viernes 21 de diciembre de 2012
La Cámara de Senadores otorgó sanción definitiva a los proyectos de ley de Avalúo Fiscal e Impositiva para el ejercicio de 2013.
En primera instancia se le dio tratamiento al proyecto de Avalúo que recibió 23 votos por la afirmativa del FPV-PJ, Nuevo Encuentro, Eje Peronista, Peronismo Federal, Arturo Illia-UCR y Unidad Popular, y 10 sufragios por la negativa de la UCR, PD y PRO.
Luego de aprobarse Avalúo, le tocó el turno a Impositiva que recibió 22 votos a favor y 11 en contra, pertenecientes a los mismos bloques mencionados.
Ley de Avalúo
Las principales modificaciones que contempla el proyecto son las siguientes:
- Se lleva el valor unitario de la construcción de $ 332/m2 a un valor actualizado de $833/m2.
- Se establece la retroactividad en el cálculo del avalúo fiscal, cuando la D.P.C. (Dirección Provincial de Catastro) detecte incorporación de mejoras que no fueron declaradas, al momento de su notificación.
- Se establece la obligación de los Municipios de informar a la D.P.C. las modificaciones que se incorporen a las parcelas, en forma trimestral.
- Se actualizaron los valores unitarios de la tierra de las propiedades Urbanas, Suburbanas, Rurales, Secanas y Turísticas de la provincia.
- Se modifica la estructura de cálculo de las propiedades rurales menores de 10.000m2 asimilándolas a las urbanas.
- Se actualizan los valores unitarios de las vasijas vinarias de la provincia.
- Se modifica la estructura del Anexo IX (valores unitarios de la tierra urbana libre de mejoras), pasando de valor por manzana a valor por Sección.
- Además, establece que toda modificación estructural que se realice sobre los bienes inmuebles que signifique un aumento o disminución de valor deberá ser denunciada por el contribuyente y/o responsable ante la Dirección Provincial de Catastro sin perjuicio de lo establecido en la presente ley sobre los agentes de información; esa denuncia deberá formularse en un plazo no superior a los treinta (30) días, computados a partir de la fecha en que se concluyan las obras correspondientes. La DPC procederá a modificar el avalúo fiscal a partir del primer día del año siguiente al de la denuncia.
Ley Impositiva
En el impuesto a los Ingresos Brutos para el año 2013 sólo se realizarán ajustes de un aumento selectivo y progresivo de acuerdo a los niveles de rentabilidad de cada sector y su capacidad contributiva.
Los contribuyentes que tengan deudas en Automotor o Inmobiliario y las cancelen antes del 31 de diciembre, no tendrán aumento de impuestos para el 2013 por los beneficios que contempla el proyecto.
En cuanto al Impuesto Inmobiliario se segmentaron incrementos de acuerdo al avalúo fiscal de cada propiedad: aumentan 10% las propiedades menores a $75 (173.254 propiedades en toda la provincia), 20% las propiedades entre $75.001 y $200.000 (138.923 propiedades mendocinas) y 30% las propiedades mayores a $200.000 (20.249 propiedades).
Por otra parte, en el Impuesto Automotor se segmentaron los incrementos de acuerdo al valor de mercado de cada vehículo y no aumentarán los vehículos con valor menor a $50.000 (129.955 vehículos en toda la provincia). A la composición de las tablas se incorpora el modelo 2013 y se elimina el modelo 1995 que pasa a tributar impuesto fijo.
Aumentan 10% los vehículos entre $50.001 y $150.000 (489.474 vehículos), un 20% los vehículos entre $150.001 y $250.000 (11.486 vehículos) y un 30% los vehículos mayores a $250.001(1.626 vehículos).
Los contribuyentes que paguen sus deudas al 31 de diciembre del 2012 tendrán un descuento del 20% para el impuesto determinado en el año 2013. Así como también, los contribuyentes que paguen en término sus cuotas durante el 2013, tendrán un descuento adicional del 10% sobre el impuesto determinado
Código Fiscal
Se propone combatir la evasión impositiva y reducir la morosidad. Las modificaciones tienden a favorecer aspectos vinculados con la realidad económica, técnica – jurídica y operativa que permita un mejor control de las obligaciones y de los obligados fiscales.
Se proponen modificaciones al procedimiento de clausura, para agilizar las etapas administrativas y recursivas.
Con el fin de mejorar el marco legal en los procedimientos de vehículos de extraña jurisdicción, se actualiza la normativa, permitiendo cobrar el impuesto y multa en el año corriente a pesar de que esté radicado en otra provincia deduciendo el pago del impuesto que hubiera efectuado en otra jurisdicción.
En las condiciones para acceder a la Tasa Cero, se agrega el requisito de no poseer multa o clausura previa, estar al día en Irrigación y presentar la declaración jurada anual del ejercicio.
Se crea la constancia de cumplimiento fiscal, que informa el estado de deuda del contribuyente con el objetivo que todas las reparticiones del Gobierno antes de emitir pagos a proveedores exijan estar al día en los impuestos provinciales.
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http://www.politicaspublicas.uncu.edu.ar/novedades/index/el-senado-provincial-aprobo-las-nuevas-leyes-de-avaluo-e-impositiva
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