Uno - Lunes 25 de junio de 2012
Las que padecen violencia de género son revictimizadas institucionalmente, más allá de la ley que protege de sus derechos. No hay un seguimiento real de los casos. Varios proyectos en marcha
En Mendoza las mujeres que padecen violencia de género son revictimizadas institucionalmente: la situación que sufren en el ámbito personal es potenciada por la atención inadecuada en la órbita de la Justicia, como en otros organismos del Estado.
Esto pretendía cambiarse con la Ley de Violencia de Género Nº26.485, que se aprobó en el país hace tres años para poner en práctica un marco regulatorio y de protección integral a quienes padecen agresiones física, psicológica, sexual, económica o simbólica. Fue reglamentada en julio de 2010 y durante la gestión de Celso Jaque la Provincia adhirió a ella por el decreto Nº2.891 y la promulgación de la ley Nº8.226.
Distintos factores hacen que los postulados aún no tengan su correlato en la práctica y la ley sea más una aspiración que una certeza.
Después de ser golpeada por su pareja, Mónica Godoy (37) fue encontrada por la policía rociada con querosén. Había discutido con el hombre con quien compartió su vida y este, convencido de amedrentarla, la perseguía con un encendedor encendido. Ocurrió en el barrio 26 de Enero, el sábado 16 de este mes. Casos como el de Godoy siguen ocupando las crónicas de los diarios, por eso la necesidad de saber el porqué del retraso de medidas para la protección fáctica de las mujeres.
Falta presupuesto
La dirigente social de la agrupación Juana Azurduy y quien trabaja en el Área de la Mujer de Godoy Cruz, Silvina Anfuso, lo dijo: “La violencia institucional sigue instalada en Mendoza, pese a la existencia de la ley”. La especialista en la materia se refirió luego a las fallas: “La ley habla de que todos los ministerios y poderes del Estado deben incorporar la temática. Pues bien, en el ámbito de la Salud no hay protocolos claros de actuación. Cuando Mendoza adhirió a la ley nacional se creó uno para establecer cómo actuar en casos de violencia doméstica, pero el mismo sólo hace más complejo el camino de la víctima, derivándola de un organismo a otro. No hay un ente evaluador, de seguimiento, de diagnóstico que aglutine las decisiones”.
Anfuso aclaró que la dificultad es presupuestaria: “La Ley de Violencia de Género se aprobó hace tres años y el organismo de aplicación es el Consejo Nacional de la Mujer, que cuenta con el mismo presupuesto que antes de aprobarse la norma”.
No hay estadísticas
Cada vez que se buscan índices de casos reales la pretensión es inalcanzable. “No hay buenas estadísticas sobre violencia doméstica. En algunas ocasiones nos llegan oficios judiciales, pero la información no es regular”, reconoció Alicia Prada, a cargo de la Dirección de Mujeres, del Ministerio de Desarrollo Social.
Las únicas cifras que surgen –pese al tiempo transcurrido desde la sanción de la norma– son del Registro de Información de Violencia de Género (RIVG), al que llegan las víctimas sólo “voluntariamente” cuando solicitan atención en el Área de la Mujer del Gobierno o de algunos departamentos (sólo 12 comunas tienen dependencias). Es decir, los datos representan la demanda espontánea de atención y no los casos denunciados ante la Justicia.
Siguiendo la información del único registro, en 2011 fueron 904 las personas (en su mayoría de sexo femenino) que pidieron ayuda por violencia de género. Pero basta comparar ese número con la estadística de otras provincias para comprender que no grafica la realidad: en otros territorios se habla de un promedio de seis denuncias diarias y más de 2.000 por año. Esto sin contar que detrás de cada caso visibilizado en la Justicia se consideran dos silenciados, lo que duplicaría la cantidad.
Al no existir una tipificación penal de los casos, el Ministerio Público, que aglutina la información que surge en las oficinas fiscales a donde llegan las denuncias, carece del detalle de los hechos de violencia de género. Sólo se podrían agrupar los femicidios, fáciles de detectar por tratarse específicamente de la muerte de mujeres en episodios de violencia, aunque determinarlo también es difícil porque cuando el género de la víctima es irrelevante para quien mata (un robo, una riña imprevista o un accidente), ya que se lo caratula como asesinato.
Desorientación
Sólo cuando hay lesiones o amenazas, el hecho llega a las oficinas fiscales y al circuito penal. “La ley dice que las personas que reciben las denuncias deberían tomar medidas de protección, pero la mayoría de las veces no lo hacen, minimizan la situación de quien tienen enfrente y cuando no hay evidencias del delito derivan a la víctima al Juzgado de Familia. Allí, la persona afectada debe esperar para conseguir una medida urgente o de protección para alejar al agresor de su entorno, la cual es provisoria”, señaló Anfuso.
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