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La sala de 4 será obligatoria en todas las escuelas del país

Los Andes - Jueves 4 de setiembre de 2014

Lo anunció ayer la Presidenta, que enviará un proyecto de ley al respecto al Congreso. Mendoza es pionera en el tema, ya que rige desde 2002.

La presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunció ayer que enviará al Congreso Nacional un proyecto de ley para declarar obligatoria la sala de 4 años del nivel inicial y tender a la universalización de la sala de 3.

“La Ley de Educación Nacional incorporó la salita de 5 como obligatoria”, recordó la Presidenta. Cabe destacar que Mendoza es pionera en esto ya que desde 2002 las salitas de 4 son obligatorias en las escuelas de la provincia.

El ministro de Educación, Alberto Sileoni, presente en el acto junto a Cristina y la mayoría de su gabinete, explicó que “los cinco primeros años de vida son fundamentales para el desarrollo infantil: estudios nacionales e internacionales nos demuestran que el estímulo y la atención que reciben los chicos en esta etapa influyen notablemente en el éxito de la trayectoria escolar”.

A partir de estas concepciones, ya no se considera al jardín de infantes como una institución “pre-escolar”: “Hoy hablamos de escuela de nivel inicial, con objetivos educativos propios y una propuesta de formación integral que favorece el desarrollo cognitivo, afectivo, lúdico, corporal y social”, explicó el ministro. La escolarización temprana “representa el primer ingreso de los niños y sus familias en la esfera de lo público”, reflexionó el ministro, quien destacó el rol que cumplen las instituciones de nivel inicial “de cara a la incorporación, cada vez más marcada, de las mujeres en el mercado laboral”.

El proyecto de ley enviado al Congreso por la Presidenta declara obligatoria la Educación Inicial para niños y niñas de 4 años. Por lo tanto, modifica el artículo 16 de la Ley de Educación Nacional N° 26.206 y establece que “la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de 4 años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria”.

Asimismo, el proyecto modifica los artículos 18 y 19 de la ley, al fijar que “la Educación Inicial constituye una unidad pedagógica y comprende a los/as niños/as desde los cuarenta y cinco (45) días de vida hasta los cinco (5) años, siendo obligatorios los dos últimos” y que “el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la obligación de universalizar los servicios educativos para los/as niños/as de tres (3) años de edad, priorizando la atención educativa de los sectores menos favorecidos de la población”.

Sileoni recordó que “la universalización de la escuela primaria, que estableció en 1884 la ley 1.420 tardó 70 años en cumplirse. No fue una tarea rápida ni sencilla, pero se consiguió con el esfuerzo de toda la sociedad”.

La matrícula total de las salas de 3, 4 y 5 años aumentó un 24,2% entre 2001 y 2010, período durante el cual la población de esa edad decreció. La sala de 5 años, por ejemplo, pasó de un 90,8% de cobertura en 2001 a un 96,3% en 2010. En el mismo período, la matrícula de la sala de 3 se incrementó un 50,8%; y la de sala de 4, un 58%.

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