Página12- Jueves, 07 de abril 2011
El proyecto, ya próximo a salir hacia el Congreso, establece un límite del 20 por ciento para la superficie que podrá quedar en manos extranjeras. Y de ese total por jurisdicción, no más del 30 por ciento de una misma nacionalidad.
El Poder Ejecutivo está realizando los últimos retoques legales para enviar al Congreso el proyecto de ley que pretende regular la compra de tierras por capitales extranjeros. Página/12 tuvo acceso a los principales lineamientos de la iniciativa que busca emular la legislación brasileña. Según se desprende del articulado, el proyecto estipula que los titulares extranjeros no podrán tener más del 20 por ciento del total de tierras agropecuarias o rurales a nivel nacional. Ese mismo porcentaje se replicará en cada provincia y municipio. Del total permitido en manos foráneas, no podrá haber más de un 30 por ciento distribuido en titulares de una misma nacionalidad. La norma no será retroactiva, por lo que no se obligaría a la desinversión. El otro eje fuerte define que la comercialización de la tierra no puede ser considerada una inversión privada, por lo que quedará comprendida bajo el dominio público. De esta manera –explicaron a Página/12–, el Estado podría evitarse cualquier juicio ante el Ciadi.
“La tierra es un recurso estratégico no renovable y se trata de evitar la compra de grandes extensiones. El proyecto está avanzado y en manos de la Presidenta”, había manifestado la semana pasada el ministro de Agricultura, Julián Domínguez. Según indicaron a Página/12 fuentes oficiales, el primer lineamiento del proyecto establece que sólo se podrá vender a personas extranjeras hasta el 20 por ciento del total de hectáreas agropecuarias o rurales del país. Según Federación Agraria, en el país habría 17 millones de hectáreas en manos extranjeras –sobre un total de 170 millones–, mientras que para Agricultura serían 7 millones sobre un total de 300 millones, en las que se incluirían áreas para agricultura, ganadería y bosques. Por eso la normativa bajo análisis fija la necesidad de realizar primero un censo catastral para conocer la radiografía de la extranjerización, retroactiva al 1º de enero de 2010.
El 20 por ciento que se tomará como límite nacional también deberá replicarse a nivel provincial y municipal. Es decir que ninguna provincia ni municipio podrá tener más del 20 por ciento de sus tierras agropecuarias y rurales en manos extranjeras.
Por otro lado, los titulares de una misma nacionalidad no podrán adquirir más del 30 por ciento del total de hectáreas permitidas para los extranjeros. Por ejemplo, si se toma el cálculo de FAA, sobre un total de 170 millones de hectáreas, podrían venderse a extranjeros 34 millones. Sobre esa cantidad, sólo 10,2 millones de hectáreas podrían estar bajo la titularidad de una misma nacionalidad.
El tercer límite que se establece tiene que ver con las titularidades individuales. Una persona física o jurídica (en cualquiera de sus formas) no podrá comprar más de 1000 hectáreas en la zona núcleo. Luego, la autoridad de aplicación deberá fijar los equivalentes para el resto de las zonas del país. Para determinar esas equivalencias a la hora de traspolar el límite de hectáreas, el Estado deberá tener en cuenta el tipo de producción de la zona afectada, su rentabilidad y la cercanía a los puertos, entre otros factores.
La determinación de la nacionalidad de una sociedad quizá sea uno de los aspectos más complejos de la normativa, ya que muchas empresas extranjeras suelen adquirir tierras a través de intermediarios locales. En este sentido, el texto de la ley intentará abarcar la mayor cantidad de figuras societarias posibles: sociedades anónimas, sociedades de derechos reales constituidas en el exterior, fideicomisos, UTE, fondos de inversión, etcétera.
La presidenta Cristina Fernández de Kirchner señaló durante la Asamblea Legislativa que la norma no debía “desalentar inversiones” ni tener una matriz “xenófoba ni chauvinista”. Más allá de esta aclaración y para evitar cualquier conflicto legal, el texto del proyecto establece que la compraventa de tierras no podrá considerarse una inversión privada.
“De esta manera nadie tendrá facultades para encarar una denuncia ante el Ciadi alegando algún tipo de violación a los tratados recíprocos de inversiones”, explicó a Página/12 un especialista que estuvo trabajando en la letra chica del proyecto. De todas maneras, el proyecto no obligaría a la desinversión en los casos donde se superen los límites fijados.
En el caso brasileño, modelo que se pretende emular, la tierra es declarada, por rango constitucional, bien social. Si bien en el proyecto bajo análisis no se avanzará sobre esta definición, sí se ampliará el “marco de dominio público”. Por ejemplo, quedarán dentro de este marco los parques nacionales, las reservas arqueológicas y cualquier recurso natural estratégico definido por el Estado.
“Incluso las instalaciones civiles, es decir no sólo la tierra sino todo lo que haya dentro de una extensión determinada. El Estado –ya sea nacional, provincial o municipal– pasará a ser el titular de estos recursos. Obviamente no se alterará la competencia de las provincias, pero sí se especificará cuál es el rumbo que debe tomarse con estos recursos”, explicaron a este diario.
Una vez que la norma ingrese en el Congreso, el oficialismo buscará los consensos necesarios. Uno de los involucrados directos en la redacción de este proyecto fue Aldo Casella, abogado especialista en derecho agrario, cercano a la FAA, entidad que presentó una iniciativa similar. El otro involucrado fue el constitucionalista Eduardo Barcesat. Ambos trabajaron junto a los equipos técnicos del Ministerio de Agricultura.
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