martes, 20 de agosto
En Mendoza existe unas 500 personas inscriptas en el registro de adopción para poder recibir a 70 niños y niñas. De ese número, el 30 por ciento están en situación de discapacidad y el 50 por ciento tiene edades que superan los 6 años.
Por este motivo, desde septiembre de este año, comenzará a funcionar el nuevo sistema que busca agilizar las adopciones de niños y niñas en la provincia de Mendoza. Luego de que se firmara un convenio entre el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, la Suprema Corte de Justicia y el Fuero de Familia.
El nuevo Sistema de Coordinación de datos de los procesos de Adopción intentará terminar con la burocracia en los trámites y el cansador papeleo y la espera de decisiones judiciales para que se otorgue a familias o padres la tenencia de niños o adolescentes.
Además buscará el ingreso, registro de datos y control de todas las medidas de protección excepcional adoptadas respecto de algún niño, niña o adolescente, desde el momento en que se adopte la medida por parte del órgano administrativo, previo a que sea requerido el control de legalidad judicial.
Al mismo tiempo, posibilitará el ingreso, registro de datos y control de todos los procesos en los cuales se solicite judicialmente el control de legalidad de alguna medida excepcional adoptada respecto de algún niño, niña o adolescente, sea que la medida concluya o no en un proceso de adopción.
Otro punto importante, es la posibilidad de control de todos estos procesos, con especial atención en el cumplimiento de los plazos legales. Para ello, el sistema permitirá alertar a todos los funcionarios y organismos intervinientes en el proceso, respecto al vencimiento de los plazos esenciales a cumplir en el desarrollo del mismo.
Así quieren acortar los tiempo
Ante estos resultados y con el nuevo sistema de adopción, Unidiversidadprofundizó más en el tema y conversó con Daniela Torres, coordinadora del Órgano Administrativo Local (OAL) de Capital y de la Dirección de Protección de Derechos quien detalló más información.
“El sistema consiste en un convenio de colaboración entre el poder judicial y el OAL para llevar a cabo un seguimiento de los procesos de las medidas excepcionales y de las adopciones en cuestión. Nosotros como ejecutivo ya teníamos un sistema de registro de datos de todos los niños intervenidos por los OAL. Lo que habilita el convenio es que los jueces puedan ver los archivos y generar un control de ida y vuelta entre ambos para agilizarla”.
“Desde que un juez dicta la declaración de adoptabilidad hasta que sale la sentencia definitiva, los plazos deberían representar tan sólo unos 9 meses”, expresó Torres y agregó: “En la práctica, uno de los mayores contratiempos se produce en la complejidad de resolver la situación del menor con su familia y de las distintas instancias que deben cumplirse para definir si queda en adopción o no”.
En ese sentido, desde este organismo aseguraron que en la mayoría de los casos se dan situaciones muy ambiguas en las que se debe producir la prueba suficiente como para determinar sobre ese dictamen.
Por otro lado, indicaron que, en la actualidad, los magistrados siguen los principios Código Civil, pero los plazos se van evaluando de acuerdo con cada caso.
“Esa resolución, de adoptabilidad, la dicta un juez luego de que se agotaron todas las posibilidades de que el niño quede con un familiar cercano o que vuelva con sus progenitores. A partir de ese dictamen, comienza la vinculación del chico con los posibles adoptantes y si el proceso es satisfactorio pueden aspirar a la guarda y luego a la adopción”, dijo la coordinadora.
Y completó: “Con los cambios introducidos en el Código Procesal de Familia se fijará una audiencia entre las partes, mediante la cual, los padres del niño que es retirado del hogar deberán fijar domicilio y tener asistencia legal para que, en un plazo de 90 días y con prórroga a otros 90 más, se resuelva si se restituye al menor o queda en situación de adoptabilidad. Hoy hay tiempos estipulados”.
Informarse y formarse
Desde la Organización “Ser familia por Adopción”, Unidiversidad pudo hablar con Lucia Tello(39), quien busca formar una familia monoparental y está dentro del grupo informal de aspirantes que ya están en la lista definitiva. La mujer contó que a medida que la persona va creciendo y cambiando, también lo hace su proyecto.
"Yo inicié este camino hace 3 años, me anoté para alguien de entre 2 y 6 años; después aumenté a 8. La burocracia no te permite desarrollar como padre. Mientras aguardas, charlas y ocasionalmente te reunís con personas que están en su misma etapa. Es muy positivo: se puede contener al que le fue mal con alguna vinculación, animar a los nuevos o emocionarse con los que ya adoptaron", indicó.
Por su parte, Sonia Vargas (41) aseguró que también es enriquecedor observar la diversidad de padres como de disponibilidad para adoptar. "El proceso es más bonito teniendo gente que está pasando por lo mismo alrededor, pero no se agiliza desde lo judicial y es lo que reclamamos. Al respecto existen muchas trabas administrativas, legales, etc. Espero que con este sistema la situacion de muchas familias, padres o madres solas puedan formar aquello que anhelan", aclaró.
Los aspirantes se encuentran en una "espera activa" en la que aprovechan para concientizarse más sobre el tema, informarse y prepararse para cuando puedan recibir a sus hijos adoptivos. Incluso intercambian libros y consejos de crianza.
Rodeados de mitos
Entre las entrevistas que se realizan al anotarse en el registro, las familias deben especificar si desean un niño o niña, especificando rango de edad, sexo, raza y si aceptan cierto tipo de enfermedad o discapacidad.
Vargas explicó que en muchos casos, esto se percibe de dos maneras: egoísmo o altruísmo. Para unos, los aspirantes deberían elegir a cualquier menor disponible, mientras que otros consideran que se trata de un acto de caridad. Ambas posturas se basan en el desconocimiento.
"No todos eligen adoptar porque agotan las opciones: esta es la única forma que yo entiendo de ser mamá. Al principio pensé el proyecto en pareja, después me separé y seguí la idea sola. Tiene que ver con el proyecto de vida que se elige", señaló.
Vargas añadió que tampoco se trata de caridad. "Esto no es algo filantrópico o solidario, yo no voy a ser mamá si no es porque me llaman: así lo elegí".
En este punto también coincidió el padre de una bebé que fue adoptada y prefirió no dar a conocer su identidad. Luego de 10 años, él y su mujer formaron una familia por adopción. "Es una necesidad mutua, no se trata de que soy bueno y quiero un chico para adoptar, se trata de querer un hijo a quien amar, así como el chico quiere una familia por lo mismo", señaló.
Un punto controversial suele ser la familia de origen de un chico. "Muchos tienen el pensamiento de que es cruel dar a alguien en adopción cuando es no deseado o no se lo puede mantener: es todo lo contrario. También es un acto de amor. Dar en adopción es permitir que nazca una familia", expresó el hombre, quien ya se encuentra en un nuevo proceso para adoptar.
El rol de un organismo clave: la OAL
Ante el nuevo Sistema de Coordinación de datos de los procesos de Adopción, serán los Órganos Administrativos Locales (OAL), los que dotarán al magistrado de los distintos elementos porque realizarán un seguimiento del niño, para que la Justicia pueda fallar en cada caso.
Asimismo, los OAL llamados Equipos Técnicos Interdisciplinario (ETI) deberán hacer un seguimiento socioambiental de esos tutores, como el desenvolvimiento del niño en el hogar. Son, en definitiva, quienes solicitan el dictamen de adoptabilidad al juez de familia.
“Con esta normativa apuntamos que sea el mismo operador que estuvo a lo largo del proceso, el que solicite la adoptabilidad, porque es el que tiene una mirada integral de la situación del menor, como de sus padres, apuntó Torres.
Los pasos
-Desde que un niño es apartado de su familia e ingresa a un hogar del Estado, sus padres tendrán hasta 180 días para solicitar la restitución o autorizar la adopción.
-El Estado actuará de oficio.
-Los OAL pasarán a llamarse Equipos Técnicos y realizarán un seguimiento del menor. El cambio, es que ahora tomarán los informes de los distintos efectores públicos para que el juez realice el dictamen de adoptabilidad.
-Desde que un juez dispone la situación de adopación de un menor no pueden pasar más de nueve meses para que dicte sentencia, según el Proyecto del Código Procesal de Familia.
-Se apunta a crear una comisión de seguimiento de los procesos entre el Órgano Administrativo Local, el poder Judicial y el Fuero de Familia.
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