Los Andes- Jueves, 05 de mayo 2011
Así lo determina la ley que regula este sector del sistema de medicina. Además, establece que no podrán subir la cuota unilateralmente. Y deberán proveer el Programa Médico Obligatorio, sin periodo de carencia para usar sus servicios.
Luego de dos décadas de intentos legislativos frustrados, las empresas de medicina prepaga ya tienen una ley que las regulará. La Cámara baja aceptó ayer los cambios que en noviembre hicieron los senadores y sancionó (por 190 votos a favor y 26 disidencias) un proyecto que fue resistido con vehemencia por las empresas del sector. El sistema de medicina prepaga abarca a unos 4,5 millones de personas en todo el país, básicamente 20% de los trabajadores de mejores salarios.
Ahora, por esta norma que Diputados ya había sancionado por unanimidad en 2008 y que durmió dos años en el Senado (donde se le introdujeron cambios clave), las empresas de medicina prepaga tendrán que ofrecer el Programa Médico Obligatorio (PMO) que el Ministerio de Salud exige a todos los agentes sanitarios y en ningún caso podrán proveer servicios de calidad inferior al que prestan las obras sociales o mutuales.
Los aspectos más destacados de la norma -y resistidos por las empresas- están en el artículo 10, en donde se establece que no podrán las firmas establecer periodos de carencia o espera para aquellas prestaciones que están dentro del PMO y además deberán explicitarle al cliente si no tiene cubierto algún tipo de servicio antes de firmar el contrato.
Además, las enfermedades preexistentes se establecerán mediante una declaración jurada del usuario -no puede haber un examen médico como pedían las empresas- y no pueden ser éstas motivo de rechazo por parte de las prestadoras. En caso de que un cliente tenga un padecimiento crónico -ejemplo diabetes- la prepaga deberá aceptarlo y será el Ministerio de Salud el que fije el valor diferencial a pagar por el paciente.
El artículo 11 establece además que la edad de un cliente no puede ser motivo de rechazo y el ítem subsiguiente fija que a las personas de más de 65 años y que tengan antigüedad en la cobertura de 10 años no podrá subírsele la cuota; además será el Ministerio el que fije el precio de la misma de acuerdo al aumento del costo según los riesgos para los distintos rangos etarios. Por otro lado, se estableció que los usuarios podrán rescindir el contrato sin penalidad alguna y que si son despedidos tendrán una permanencia en la cobertura por 60 días.
Ayer, el debate en Diputados giró en torno al artículo 1° ya que el Senado excluyó del marco regulatorio en su sanción a las obras sociales sindicales, cooperativas, mutuales, asociaciones civiles y fundaciones.
Desde la Coalición Cívica, Juan Carlos Morán, denunció que el kirchnerismo busca con esto favorecer a "Moyano y Zanola" y sostuvo que los sindicalistas terminarán quedándose con las prepagas ya que éstas serán inviables.
Morán acusó, además, al Frente para la Victoria de haber "cajoneado" la ley en el Senado ya que muchas prepagas aportaron fondos para la campaña de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en 2007 (nombró a Swiss Medical, Medicus y Galeno).
El izquierdista Claudio Lozano también se quejó de la labor del Senado y dijo que OSDE "podría" quedar beneficiada con la ley que se votó ayer porque es una obra social no sindical. "Vamos a esperar a ver la reglamentación que haga el Ejecutivo y si hay lugar a fugas impulsaremos una ley correctiva", dijo. También pidió futuras correcciones por vía del Ejecutivo o del Congreso la aliada K Vilma Ibarra (Nuevo Encuentro).
El argumento de la inviabilidad financiera que usó un sector de la Coalición Cívica también fue alzado por la macrista Gabriela Michetti, quien dijo que las prepagas terminarán dando peores servicios y la ley perjudicará al usuario. Por eso prometió presentar "en un mes" un proyecto integral de financiamiento del sistema de salud donde conviven los prestadores estatales -que absorben a 17 millones de pacientes-, el sistema de las obras sociales -con 18 millones de pacientes- y las prepagas.
Pero el resto de la oposición decidió apoyar la norma entendiendo que se daba un paso necesario y sólo pidió al Ejecutivo que establezca a las obras sociales las mismas obligaciones que la ley fijó para las prepagas de manera de no incurrir en aspectos inconstitucionales. Así, tanto un usuario de una empresa de medicina privada como uno que paga un "plan complementario superador" a una obra social sindical tendrán las mismas garantías.
La duhaldista Graciela Camaño celebró que "4,5 millones de personas dejan de ser usuarios o consumidores y pasan a ser pacientes" y ante la advertencia de las prepagas de que podrían quebrar, el izquierdista Eduardo Macaluse recordó que el artículo 10 fue copiado por los legisladores de un fallo de la Corte Suprema en contra de una empresa que no quería costear un tratamiento de un usuario. "Si un sistema sanitario quiebra por atender enfermos es que debe ser discutido enteramente", sostuvo.
http://www.losandes.com.ar/notas/2011/5/5/prepagas-podran-rechazar-usuarios-566224.asp
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