Los Andes - Miércoles 5 de setiembre de 2012
Se trata de vehículos de más de 150.000 pesos adquiridos en los últimos dos años. Entre otros aspectos, los propietarios deberán explicar cómo viven y en qué gastan, además de presentar declaraciones juradas de 2010 en adelante.
"M" (35) es un arquitecto con un pequeño estudio que hasta el fin de semana disfrutaba de su camioneta Volkswagen. Pero el lunes pasó a ser uno de los 2.200 contribuyentes mendocinos de Ingresos Brutos que se desayunaron con la sorpresiva notificación: tendrá plazo hasta el viernes 7 para informar a la Dirección General de Rentas (DGR) dónde obtuvo el dinero para comprar su 0 Km, la forma de pago y a qué se ha dedicado en el último año, además de sus ingresos desde 2010 a esta parte y hasta los gastos de su grupo familiar, entre otros requerimientos que suman una decena de declaraciones juradas. Si no lo hace, podría caberle una multa de hasta $ 15 mil.
En tiempos en que la provincia busca equilibrar sus números a partir de una mejora de la recaudación, se trata de una avanzada de la DGR, a partir de la presunción de enriquecimiento no declarado, en base a una relación ingresos-egresos que justifique, o no, ese tipo de transacciones en los dos últimos años.
Por eso, antes de fin de mes, 3.600 sospechados de evasión habrán recibido el "requerimiento de información" del Departamento de Impuestos Patrimoniales del ente recaudador, según confirmó el propio titular de Rentas, Claudio Gil.
El responsable del ente recaudador aseguró que "lo que se pretende es verificar ventas no declaradas en Ingresos Brutos, porque hay contribuyentes que no declaran todo lo que venden, pero compran automotores cuyo valor no justifican. Lo que, técnicamente, se puede definir como "incremento patrimonial no justificado" entre 2010 y 2012, que es una forma de evasión fiscal.
Ayer martes no eran pocos los contadores abarrotados de pedidos de información por parte de sus clientes, mayormente monotributistas y titulares de sociedades comerciales que, en algunos casos, deberán responder con Declaraciones Juradas mañana y también el mismo viernes. Varios, entre la sorpresa y el fastidio, coincidieron en observar una superposición y hasta una intromisión de la DGR en competencia de AFIP.
"Controlar Ganancias es potestad federal. A Rentas sólo debería importarle si tengo una vivienda y un vehículo y cuánto pago por esos bienes, así como Ingresos Brutos por mi negocio", resumió un consultado, mientras otro se asesoraba para asegurarse si una acción de amparo era viable.
Flujo de fondos, en la mira
"Me sorprende las atribuciones del fisco local para requerir información que corresponde a AFIP, como Ganancias y Bienes Personales, y sirve para cuantificar riqueza y saber si hubo o no ocultamiento. No es novedoso el control sino quién lo implementa, pero la necesidad de recaudar, como lo demuestran los 200 controles fijos en puntos de venta, es importante", señaló Guido Anile, experto en materia impositiva.
Para el especialista en derecho tributario y directivo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, Mario Comellas, "la fiscalización sobre bienes registrables está dirigida al origen de los fondos, para lo que se puede acceder a extractos bancarios y no tiene incidencia sobre los impuestos provinciales. El debate es: ¿Informar gastos se vincula a Ingresos Brutos? ¿Se está obligado a hacerlo?".
Por su parte, Gil explicó que la declaración de Ganancias y Bienes Personales es un instrumento para "determinar un flujo de fondos coherente que respalde la compra. Esto es, si hubo ingresos suficientes al momento de efectuarla". Tampoco queda afuera el nivel de ingresos y gastos habituales del grupo familiar: la deducción de gastos corrientes sobre los ingresos debe dejar suficiente poder de compra para un auto de alta gama.
Así, con la información de los 3.600 notificados, a Rentas le llevará al menos un par de meses analizarla antes de tipificar conductas irregulares y determinar sanciones, aunque la presunción de base es el crecimiento económico en términos de volumen de transacciones realizadas, "por condiciones concretas, independientemente de la actividad desarrollada".
Ese análisis también incluye cruce de datos con el Sintys (Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social) que depende de Presidencia y concentra información de organismos públicos.
Si hay inconsistencias se abre una investigación que prevé el descargo del contribuyente. Lo cierto es que, comprobado el monto que se dejó de pagar, la multa oscila del 50% al 200% del total (art. 57 Código Fiscal).
Pero las sanciones económicas por evasión no excluyen otras acciones. El caso de los monotributistas en esa condición puede terminar en juicio de apremio y, por otra parte, toda información relativa a delitos conexos (fondos de origen irregular) será derivada a entes competentes, como la Unidad de Información Financiera.
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