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Todo lo que tenés que saber sobre qué se vota este domingo y quiénes deben hacerlo

Miércoles 15 de Abril de 2015

Qué son las PASO. Los cargos que se eligen según el departamento. Los que están exceptuados para emitir su sufragio. 

El domingo 19 de abril se realizarán elecciones PASO Provinciales en Mendoza.

Se votarán los cargos de:

  • Gobernador y Vice
  • Diputados y Senadores Provinciales
  • Intendentes (salvo San Carlos, Godoy Cruz y Capital que realizarán sus elecciones municipales en otra fecha)
  • Concejales (salvo San Carlos, Godoy Cruz y Capital)

¿Qué son las elecciones primarias?

Las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) son un método de selección de candidaturas para cargos públicos electivos y de habilitación de partidos y alianzas para competir por tales cargos.

Una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí para conformar la candidatura con la que una agrupación política determinada podrá presentarse en las elecciones generales, siempre que haya obtenido entre todas sus listas de precandidatos un mínimo de 1,5% de votos para comicios nacionales y un 3% para comicios provinciales.

¿Quienes votan?

Todos los argentinos que tengan 16 años o más a la fecha de la elección y estén incluidos en el padrón electoral en las nacionales.

Es importante destacar que es optativo el voto para los menores de 18 y mayores de 70 años.

En las elecciones provinciales el voto es solo para mayores de 18 años. Es optativo para los mayores de 70 años.

Para poder votar, el elector debe ser ciudadano y estar inscripto en el padrón electoral: es decir, en el registro oficial de todas las personas habilitadas para votar.

¿Quiénes están exentos de votar?

Los únicos ciudadanos que no están obligados a votar, pero si lo desean pueden hacerlo, son:

Los mayores de 70 años.

Los jueces y sus auxiliares que el día de la elección deban prestar servicios.

Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 km de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables.

Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto electoral.

Quienes por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener por parte de sus empleadores una licencia especial que les permita concurrir a emitir su voto y, eventualmente, desempeñar funciones en el comicio, sin que ello implique una deducción del salario ni recarga horaria posterior.

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