Los Andes - Miércoles 19 de setiembre de 2012
La Corte Suprema falló que las 33 hectáreas en litigio desde 1986 son de uso público y, por lo tanto, pertenecen a la universidad, que las destinará para una reserva natural. Antes de la sentencia, la familia Vila había anunciado que “desistía” de su pelea judicial.
El extenso litigio de dos décadas y media por la propiedad de terrenos en el oeste de Capital entre la familia Vila, propietaria del barrio Dalvian, y la Universidad Nacional de Cuyo parece haber llegado a su fin luego de que ayer la Corte Suprema de Justicia revocara un fallo que había otorgado a los primeros la propiedad del predio de 33 hectáreas situado en el pedemonte mendocino.
La disputa comenzó en 1986 y ha recorrido un largo camino en la Justicia mendocina y en la nacional. Ayer, ambas partes en pugna confirmaron a Los Andes que se enteraron del fallo por la tarde, aunque llama la atención que, horas antes de la sentencia, el grupo Vila difundiera por todos sus medios (gráfica, internet, radio y TV) que “desistía” voluntariamente de la demanda contra la universidad.
Por su parte, la UNCuyo anunció que hoy dará a conocer su posición oficial sobre el fallo en una conferencia de prensa de la que participarán tanto el actual rector, Arturo Somoza, como quienes lo antecedieron en el cargo y llevaron a cabo la larga pelea judicial, entre ellos María Victoria Gómez de Erice, durante cuyo mandato el conflicto alcanzó mayor temperatura. También se brindará información técnica sobre la zona en cuestión, a la que -según ya había adelantado la universidad a fines de 2011, se destinará para una reserva natural.
Qué dijo la Corte
Según la resolución del Máximo Tribunal -firmada por los ministros Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda y Carmen Argibay-, el terreno en cuestión pertenece al dominio público y por lo tanto no corresponde la figura de usucapión (prescripción adquisitiva) que habían esgrimido los abogados del fallecido Alfredo Luis Vila para justificar su posesión.
Al respecto, los jueces supremos indican que el predio que se pretendía usucapir fue primero afectado por el Estado al uso militar y luego a la ampliación de la ciudad universitaria de la casa de altos estudios. Esto quiere decir que el terreno es de utilidad pública y que, por lo tanto, no es susceptible de ser enajenado ni embargado.
Asimismo, señala la Corte que “la propiedad pública (...) termina por la desafectación”, y que ésta “debe efectuarse por hechos o actos administrativos”, pero que en el análisis de la demanda entablada por Vila (a quien en una primera instancia la justicia provincial le había dado la razón), no se encontró “una evidencia absoluta” de esa desafectación.
“Por el contrario, en el presente caso ha mediado una continuación del uso público del bien, toda vez que el Estado Nacional transfirió el predio en litigio -oportunamente afectado al uso militar del Ejército Argentino- a favor de la UNCuyo con el objetivo de ser destinado al uso educativo”, añade el fallo.
“De aquí se sigue que si no se ha acreditado de manera suficiente que mediaron por parte del Estado Nacional actos o hechos que importarían la desafectación de los predios que ocupa, resulta improcedente el instituto de la usucapión, por lo que corresponde rechazar la demanda”, concluye.
La “sorpresa” de Vila
Cuando todavía no se conocía la resolución judicial de la Corte, ayer por distintos medios (todos propiedad de la familia Vila) se difundía la noticia de que los herederos de Alfredo Vila “desistían de avanzar en el juicio por los terrenos de Dalvian en litigio” y “a pesar de las dos instancias judiciales que fueron favorables al demandante”, en referencia a los fallos de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza en 2007, que derivaron en que la UNCuyo llevara el caso a la Suprema Corte de la Nación.
Según publicó el diario Uno (en el mismo momento en el que los jueces seguramente estarían firmando la sentencia), “se tomó la decisión de no proseguir con la acción judicial”. Y eso, “sin perjuicio de eventuales derechos de terceros y con reserva de los derechos por las mejoras y los gastos que se hubiesen realizado en el predio”, abriendo el paraguas a un posible reclamo de Dalvian por las obras ya hechas en la zona, de lo que el fallo de la Corte no hace ninguna referencia.
El propio Daniel Vila habló al respecto ayer por la mañana en su radio, Nihuil (siempre antes de que trascendiera la sentencia), y declaró: “Creo que es una buena decisión que distiende una situación de muchos años. A ver si mejora la situación entre vecinos”. Más tarde, en otro medio de su propiedad, Canal 7, agregó: “La idea es que si se hace un área protegida, como lo planteó en su momento el rector de la universidad, beneficiaría la zona. Este litigio arranca en el ‘85 u ‘86 porque se buscaba un camino de acceso al Cristo, y eso es un tema que se resolvió”.
Por la tarde, ya con el fallo en sus manos, Vila aseguró ante Los Andes (ver aparte) que, pese a la sospechosa coincidencia, la decisión de la empresa que comanda se tomó sin conocer en absoluto la decisión final del Máximo Tribunal y que, al contrario, ellos estaban sorprendidos de la “celeridad asombrosa” con que la Corte la comunicó “al día siguiente” de que desistieran de la demanda.
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