Uno - Lunes 3 de diciembre de 2012
Los comerciantes deben exhibir la oblea de autorización que otorga el Registro Nacional de Armas, previa habilitación municipal. Advierten sobre los riesgos para la salud y los animales.
Falta menos de un mes para las fiestas de fin de año y ya comenzaron los operativos de control para impedir la venta clandestina de pirotecnia. Para evitar multas que arrancan desde los $3 mil y el secuestro de la mercadería, los comerciantes deberán contar con la habilitación del Registro Nacional de Armas (RENAR), y exhibir la oblea con el holograma de autorización 2012 en los locales comerciales.
Si bien las inscripciones para el permiso comenzaron hace pocos días y cierran el 14 de diciembre, los interesados deberán anotarse previamente en la comuna donde se dispondrá el punto de venta, explicó el director de ese organismo, Gabriel Garnica.
El funcionario contó que están realizando operativos de control de la mercadería en galpones y establecimientos que comercializan este tipo de productos. Las tareas se realizan en forma conjunta entre la policía y cada municipio.
“Hasta el momento sólo se han inscripto diez comercios, pero estimamos que este año, en total, serán unos 500 locales los que solicitarán el permiso”, adelantó Garnica.
Cada comuna tiene su ordenanza sobre la venta de pirotecnia, pero en general, todas establecen que está prohibida la venta en puestos callejeros y sólo es permitida en comercios establecidos que cumplan con la habilitación correspondiente.
A su vez, quienes anexen pirotecnia en un negocio ya establecido podrán disponer de hasta un total de 15 kilos, explicó el funcionario.
Es importante aclarar que el envoltorio o paquete del producto debe contar con el sello del REPAR o de la Dirección de Fabricaciones Militares (DGFM), como garantía de seguridad de que el producto es de procedencia legal.
Las infracciones más comunes que cometen los comerciantes que venden esos productos son: no contar con la habilitación correspondiente que entrega el RENAR, tener la pirotecnia al alcance de terceros –niños– y ubicarse a menos de 100 metros de expendedoras de combustible.
Garnica recalcó que “está prohibida la venta a menores de 16 años, y la mercadería deberá estar exhibida y no ser manipulable para el cliente. El comercio tiene que disponer de un espacio de dos metros y no puede haber material inflamable en la zona de influencia más cercana”.
Por último, agregó que “aunque la pirotecnia parezca inofensiva produce quemaduras y daños de gravedad. Por eso es muy importante que se maneje siempre bajo la supervisión de un adulto”.
Inscripción en las comunas
En la Municipalidad de Capital está a disposición, para comerciantes minoristas y público en general, la reglamentación para la venta de artículos de pirotecnia o artificios de venta libre.
Al igual que en las otras comunas, también está prohibido vender todo artículo de pirotecnia que no esté autorizado por el REPAR, como también la venta ambulante o exposición de los artículos en vía pública. Y la venta de mercadería no autorizada o en locales no habilitados prevé el decomiso y destrucción de los artículos secuestrados.
En Luján, los comerciantes ya están realizando los trámites de habilitación y anticiparon que intensificarán las inspecciones para desalentar la venta no autorizada.
En Las Heras, el director de Inspección General, Rubén García, recalcó que “los locales que vendan pirotecnia deberán cumplir con las medidas de higiene, seguridad y salubridad. Quienes no cumplan con los requisitos tendrán grandes multas y hasta el secuestro de la mercadería”.
En todos los casos, luego de las inscripciones y la autorización municipal, el REPAR es el organismo que emite la habilitación para vender pirotecnia.
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