Este indicador muestra el monto de dinero en millones de pesos destinado al pago de ATP para empresas mendocinas al 8 de julio de 2020, según tamaño de empresa y ronda de pago.
ContenidosCOVID-19: Gasto destinado al ATP en millones de pesos, según tamaño de empresa receptora y ronda.
Este indicador muestra el monto de dinero en millones de pesos destinado al pago de ATP para empresas mendocinas al 8 de julio de 2020, según tamaño de empresa y ronda de pago.
El Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) es una de las herramientas implementadas por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación para cuidar el trabajo, garantizar la producción y amortiguar el impacto económico generado por la crisis del Covid-19. Está destinado a empresas de todos los tamaños, empleados, monotributistas y autónomos.
El programa ha ido cambiando y adaptándose a los diferentes momentos de la pandemia y del aislamiento social preventivo y obligatorio, originalmente estaba conformado por estas cuatro medidas:
a. Postergación o reducción de hasta el NOVENTA Y CINCO POR CIENTO (95%) del pago de las contribuciones patronales al Sistema Integrado Previsional Argentino.
b. Asignación Compensatoria al Salario: Asignación abonada por el Estado para todos los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia del sector privado, comprendidos en el régimen de negociación colectiva en los términos de la Ley N° 14.250 (texto ordenado 2004) y sus modificaciones, para empresas de hasta CIEN (100) trabajadoras y trabajadores.
c. REPRO Asistencia por la Emergencia Sanitaria: Suma no contributiva respecto al Sistema Integrado Previsional Argentino abonada por el Estado para las y los trabajadores en relación de dependencia del sector privado, comprendidos y comprendidas en el régimen de negociación colectiva en los términos de la Ley N° 14.250 (texto ordenado 2004) y sus modificaciones en empleadores y empleadoras que superen los CIEN (100) trabajadores y trabajadoras.
d. Sistema integral de prestaciones por desempleo: las y los trabajadores que reúnan los requisitos previstos en las Leyes Nros. 24.013 y 25.371 accederán a una prestación económica por desempleo.
Se considera como empresa PyME a aquellas que tienen menos de 200 empleados y empresa grande a las que cuentan con más de 200.